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Quedó listo el decreto para agilizar pago de prestaciones sociales al magisterio

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Actualizado: 09 de agosto de 2018

El Decreto 1272 de 2018 busca que los procesos para el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales de los docentes sean más rápidos y eficientes.

  • Con este decreto se cumple otro de los acuerdos suscritos, en junio del año pasado, con Fecode.

 
Bogotá D.C., 3 de agosto de 2018. MinEducación. El Ministerio de Educación Nacional continúa trabajando para mejorar el bienestar de los profesores del país. El Decreto 1272 de 2018, recién expedido por el Ministerio, reglamenta el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas de los docentes con el propósito de agilizar estos trámites.
 
El Decreto 1272 define claramente el procedimiento, los plazos y responsabilidades de los actores que intervienen en el reconocimiento de las prestaciones, como las Entidades Territoriales Certificadas y la sociedad fiduciaria encargada del manejo de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. De esta manera, se busca evitar demoras en el reconocimiento de las prestaciones y la generación de intereses.
 
En este sentido, el Decreto fija los siguientes términos para resolver las solicitudes de los maestros afiliados, en este caso, a Fiduprevisora S.A.:

  • Solicitud de reconocimiento pensional que ampara el riesgo de vejez: 4 meses siguientes a la fecha de radicación completa de la solicitud.
  • Solicitud de reconocimiento pensional que ampara el riesgo de invalidez: 2 meses siguientes a la fecha de radicación completa de la solicitud.
  • Solicitud de reconocimiento pensional que ampara el riesgo de muerte: 2 meses siguientes a la fecha de radicación completa de la solicitud.
  • Solicitud de reconocimiento de cesantías: deben ser resueltas sin exceder 15 días hábiles contados desde la radicación completa de la solicitud.

De otra parte, el Decreto señala que para la afiliación al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, los docentes provisionales pagarán una cuota única de afiliación, independientemente del número de veces que sean nombrados en un mismo año lectivo. Antes, por cada nombramiento debían hacer un pago.
 
Con la expedición de esta normatividad se cumple otro de los acuerdos suscritos el 16 de junio de 2017 con la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación – Fecode.

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