Actualizado: 28 de septiembre de 2020
En atención a lo establecido en el artículo 2.3.1.3.3.7 del Capítulo 3 de la Parte 3 del Libro II del Decreto 1075 de 2015, que reza:
Artículo 2.3.1.3.3.7. Experiencia e idoneidad de los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes. Los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes deberán demostrar que sus establecimientos educativos postulados cumplen además de los requisitos señalados en el artículo anterior, los siguientes requisitos de experiencia e idoneidad:
1. Un tiempo mínimo de experiencia de 5 años en la prestación del servicio educativo.
2. Que en los últimos resultados publicados por el ICFES, correspondientes a las pruebas de Estado SABER 3°, 5°, 9° Y 11° presentadas, el establecimiento educativo haya alcanzado puntajes superiores al percentil 35 en las áreas de lenguaje y matemáticas, entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación. En caso de que el establecimiento educativo no presente la totalidad de las pruebas -por no ofrecer alguno de los grados-, este requisito aplica solo para las pruebas presentadas.
Y con base en la metodología establecida en la Resolución 26060 del 21 de noviembre de 2017, a continuación se publica el Listado de Establecimientos educativos no oficiales que superan el Percentil 35 en las pruebas Saber 2016.
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